Preocupación por denuncia contra abogados de ONG

5. 01. 2011
Buenos Aires,  5 de enero de 2010.- Frente a la denuncia realizada ante el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal por los Dres. Julio Virgolini, Mariano Silvestroni y Adrián Malloney contra  integrantes de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y el Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (CIPCE), expresamos nuestra preocupación ante este acto que restringe la libertad de expresión y pone en tela de juicio la posibilidad de monitorear los procesos de casos de corrupción por parte de organizaciones de la sociedad civil.
La denuncia, que fue dirigida contra los abogados  Alberto Binder, Claudio Castelli, Pedro Biscay, Ezequiel Nino y Camila Blanco, constituye un desafortunado episodio en el conflicto público que los letrados denunciantes, representantes de personas condenadas en el caso IBM Banco Nación, mantienen con las ONG que monitorean el caso.
En diversas oportunidades pudieron leerse en el blawg sincorrupcion.wordpress.com, los juicios críticos fundados que expresaron las ONG tras la decisión de los condenados de recurrir el acuerdo -recaído en el marco de un juicio abreviado- que dio fin al proceso, así como las respuestas de los letrados, a las que las organizaciones dieron todo el espacio necesario.
Entendemos que esa crítica forma parte  del derecho a la libre expresión y de las facultades legítimas de la sociedad civil de monitorear, difundir públicamente y evaluar críticamente los episodios de las causas penales de mayor relevancia pública.
En esa línea consideramos que una denuncia como la formulada:
– Tiende a limitar la labor de monitoreo de la sociedad civil.
–  Busca atribuir una inadmisible responsabilidad personal a sus miembros por las posiciones institucionales legítimas de las organizaciones.
– Desvirtua y banaliza la potestad de contralor disciplinario del Colegio Público de Abogados.
Por lo tanto, instamos a los abogados denunciantes a entender que el análisis de la labor profesional del abogado puede formar parte del debate de ideas y a admitir que, tras haber participado de ese debate en pie de igualdad con las ONG, no se puede pretender saldar ahora esa disputa reclamando la atribución de responsabilidades disciplinarias contra sus antagonistas en la discusión.