La Oficina Anticorrupción debe expedirse sin más demora sobre el uso ilegal de publicidad oficial

Una denuncia por uso electoralista de publicidad oficial en violación a la Ley de Ética Pública fue presentada hace más de un año y medio, y aún no fue resuelta por la Oficina Anticorrupción.

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Durante mayo del año 2017, el Gobierno nacional emitió en medios públicos, redes sociales oficiales y durante el ciclo “Fútbol para Todos” una publicidad denominada “Para Siempre” (ver en Twitter y Facebook). La publicidad incluía imágenes de ciudadanos/as enumerando obras de infraestructura que durarían “para siempre” y terminaba con la imagen del Presidente de la Nación diciendo la frase “Lo estamos haciendo juntos”, de marcada similitud con eslogans de campaña que el oficialismo utilizó para las elecciones de ese año, como “estamos cambiando juntos” o con el nombre del frente electoral “Vamos Juntos”.

La publicidad fue denunciada por una asociación civil en mayo del año 2017, basada en la violación del artículo 42 de la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública (n° 25.188), que establece que “la publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campañas de los órganos públicos deberá tener carácter educativo, informativo o de orientación social, no pudiendo constar en ella, nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos”.

Ante un pedido de información presentado por un ciudadano en mayo de 2018 para conocer el estado del trámite, la OA respondió que se encontraba preparando un informe final y un proyecto de resolución para pronunciarse sobre la existencia de violaciones al citado artículo 42. Cuatro meses después, Poder Ciudadano y ACIJ presentaron otro pedido de información, y la respuesta fue que el expediente aún se encontraba en la Subsecretaría de Integridad y Transparencia a fin de elaborar el pertinente proyecto de resolución. Al día de la fecha, habiendo transcurrido más de un año y medio de la denuncia, la OA continúa sin expedirse.

Es necesario que la Oficina Anticorrupción se pronuncie sin más demora en el caso, establezca los alcances del artículo 42 de la Ley de Ética Pública y adopte las medidas necesarias para prevenir la utilización de la publicidad oficial con fines proselitistas. Ello es especialmente relevante considerando que se avecina un año electoral, momento en el que habitualmente prolifera el uso de recursos públicos para impulsar candidaturas de funcionarias/os y autoridades.

El uso de publicidad oficial como medio para promover la imagen de funcionarios/as en contextos electorales es una práctica tan extendida en nuestro país como nociva. Implica una desviación de fondos públicos con fines ilegítimos y evidencia una confusión entre Estado y partido gobernante, contraria a los ideales democráticos y al principio republicano de gobierno. Al mismo tiempo, tiene un impacto desigual en el proceso electoral, ya que otorga ventajas a los candidatos/as del partido oficialista frente a quienes no administran recursos estatales. En un contexto que demanda medidas efectivas para garantizar la transparencia del financiamiento de la política, este tema adquiere particular relevancia.