FCPA: otra mala noticia para la lucha contra la corrupción

18. 02. 2025

Estados Unidos suspende la aplicación de la Ley Contra Sobornos Extranjeros

El 10 de febrero el Presidente de Estados Unidos, Donald Trump, emitió una Orden Ejecutiva ordenando obligando a la Fiscal General de Justicia, Pam Bondi, que detenga la aplicación de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA, por sus siglas en inglés) hasta nuevo aviso. Paradójicamente, horas más tarde salieron a la luz los resultados del Índice de Percepción de la Corrupción 2024 que revelan, una vez más, la presencia de niveles graves de corrupción en todo el mundo: más de dos tercios de los países obtuvieron una puntuación inferior a 50 puntos sobre 100 posibles, -siendo los países que se acercan a 100 los observados como más transparentes. El propio Estados Unidos retrocedió 4 puntos en este índice.

Frenar la aplicación de la FCPA por parte del Departamento de Justicia (DOJ, por sus siglas en inglés) supone un duro golpe para la lucha contra el soborno internacional en todo el mundo y, por supuesto, también en Argentina.

La FCPA fue aprobada en 1977 -tras el escándalo de Watergate-, para abordar el problema generalizado de los sobornos en el extranjero pagados por empresas multinacionales estadounidenses. Fue la primera ley de este tipo en el mundo y prohíbe a las empresas e individuos norteamericanas de Estados Unidos y a entidades extranjeras con una conexión con ese país, sobornar a agentes públicos extranjeros.

La FCPA se internacionalizó en 1997 con la adopción de la Convención Antisoborno de la OCDE, que en la actualidad cuenta con 46 Estados parte. Bajo el liderazgo de la ley estadounidense, los países alrededor del mundo avanzaron, especialmente en las últimas décadas, en la adopción de normas similares. Argentina hizo lo suyo a fines de 2017 con la sanción de la Ley N° 27.401 de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas por Hechos de Corrupción, saldando una deuda con el compromiso asumido en el año 2000 con la OCDE, al ratificar la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones comerciales Internacionales.

Más allá de los diferentes avances, lo cierto es que Estados Unidos fue líder en materia de aplicación de la ley, reforzado por su rol en el comercio internacional ya que esta ley no se aplica exclusivamente a empresas estadounidenses, sino a todas aquellas compañías que cotizan en alguna Bolsa de Estados Unidos o tienen operaciones significativas en dicho país.

En países como Argentina, donde la aplicación de la Ley N° 27.401 es prácticamente inexistente, la FCPA operó como un fuerte incentivo en la promoción de políticas anticorrupción corporativas. Ante las falencias del sistema judicial argentino en la investigación y sanción de hechos de corrupción, la aplicación de la FCPA por parte de la Justicia estadounidense posibilitó que importantes casos de corrupción que involucraban a personas jurídicas fueran investigados y sancionados.

El mensaje que brinda el gobierno estadounidense con esta medida genera mucha preocupación en el movimiento anticorrupción porque implica un gran retroceso respecto a los avances logrados en la materia. Y es más preocupante aún que los fundamentos y el contenido del mensaje de la decisión presidencial norteamericana tiene un fuerte impacto en materia de derechos humanos y ambiente. Allí se sostiene que, para garantizar la seguridad nacional, dependiente “en gran medida de que Estados Unidos y sus empresas obtengan ventajas comerciales estratégicas, ya sea en minerales críticos, puertos de aguas profundas u otra infraestructura o activos clave”, para ser más competitivas se les permite a las empresas realizar sus operaciones conforme a las “prácticas comerciales rutinarias en otras naciones”. Es sabido que la corrupción que involucra a empresas transnacionales en el marco de sus actividades en países en vías de desarrollo y con democracias débiles, no suele estar limitada al pago de sobornos, sino que también pueden implicar la violación de derechos humanos (explotación laboral, desplazamiento de comunidades) y la generación de daños ambientales significativos.

A su vez, esta medida está alineada con otros esfuerzos que se están haciendo desde distintos movimientos políticos afines a las políticas de Trump para eliminar las políticas de diversidad, equidad e inclusión (DEI) en las empresas.

En definitiva, este cambio en el rol de los Estados Unidos en materia de responsabilidad penal de las empresas por hechos de corrupción nivela para abajo los estándares de transparencia en el sector empresario.