Nuevo régimen de inscripción tardía de nacimientos

18. 03. 2009

 

El 10 de octubre fue sancionada la nueva Ley sobre Registros Civiles (26.413) que redujo considerablemente los plazos para las inscripciones tardías de nacimientos, exigiéndose la vía judicial para la inscripción, pasado el año del nacimiento.

En tanto el decreto Nº 90/2009 del Poder Ejecutivo da respuesta a los reclamos efectuados por Poder Ciudadano ante el Ministerio de Interior sobre la inaplicabilidad de la nueva ley y estableció, por el término de un año, un régimen administrativo para la inscripción de nacimientos de niños de 1 a 12 años de edad que no tienen DNI.

Todos los trámites de inscripción de nacimiento que se realicen durante la vigencia del decreto, estarán exentos de toda carga fiscal y eximidos del pago de la multa prevista en el artículo 91 de la Ley Nº 26.413.

Simultáneamente a la inscripción del nacimiento, se procederá a la adjudicación del DNI, sin costo alguno.

Para mayor información sobre las actividades del área Construcción de Ciudadanía, comuníquese con María Batch, Coordinadora, a mery@poderciudadano.org.-