La Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley el Proyecto enviado por el Poder Ejecutivo y modificado en el Senado de la Nación.
La Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), Contadores Forenses, la Fundación Directorio Legislativo y Poder Ciudadano manifiestan su preocupación por las deficiencias de la ley que crea la Agencia Federal de Inteligencia.
El día jueves 26 de febrero, la Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley el Proyecto enviado por el Poder Ejecutivo y modificado en el Senado de la Nación, sin hacer nuevas modificaciones, pese a las críticas señaladas por numerosos sectores de la sociedad civil, académicos y especialistas.
Las organizaciones firmantes, en ocasión de la discusión en el Senado del Proyecto enviado por el Ejecutivo, enviaron a los representantes un documento señalando las deficiencias del mismo, y proponiendo posibles reformas y avances. El Senado modificó el Proyecto original, pero mantuvo varios de los puntos controvertidos, dándole media sanción. Asimismo, se envió a los miembros de la Cámara de Diputados otro documento donde se analizaban estos puntos controvertidos, proponiendo posibles reformas.
La ley reguló de manera deficiente varios puntos importantes que ponen en jaque la posibilidad misma de los objetivos vertidos en la fundamentación del proyecto original. En particular, la Ley establece que las autoridades de la AFI sean elegidas por el Poder Ejecutivo, con acuerdo del Senado, sin establecer como requisito una mayoría calificada, y no establece mecanismos claros y transparentes para el ingreso del nuevo personal, sin establecer tampoco quién es el encargado de reglamentar los mismos.
En cuanto al control de permanencia del personal existente bajo la órbita de la actual Secretaría de Inteligencia, la ley no establece ningún mecanismo de control de permanencia, estableciendo solamente en las disposiciones transitorias la facultad del actual Secretario de Inteligencia de jubilar en forma extraordinaria a quienes, sin importar la edad, cumplan con los requisitos para la jubilación voluntaria. Esta facultad, si bien parece dirigirse a facilitar un necesario proceso de renovación de dicho personal, trae consigo el grave problema de permitir que dicho proceso no resulte –como debería- del producto de una investigación seria respecto del accionar y la conducta de dichos agentes a lo largo de los años.
Respecto al derecho de Acceso a la Información la ley establece una clasificación de la Información en tres categorías (secreto, confidencial y público) estableciendo criterios algo más claros para su clasificación, aunque visibiliza en forma evidente la necesidad de la sanción de una norma de acceso a la información a nivel federal. Asimismo, establece un plazo irrazonable de 15 años como mínimo para la desclasificación, el cual debería haber sido adoptado como máximo.
En relación al control de los fondos, la ley adolece de una obscuridad que hace peligrar el sistema de rendición de cuentas al sostener que son los mismos organismos de inteligencia los encargados de establecer “los procedimientos necesarios para la adecuada rendición” de los fondos reservados. Esto implica dejar en manos de quien debe rendir cuentas la facultad de establecer las reglas que él mismo seguirá, lo cual es inaceptable.
Creemos, como sostuvimos ante los miembros del Congreso, que la vigencia del Estado de Derecho exige, además de un debate robusto, una investigación seria y comprometida sobre lo actuado por los Servicios de Inteligencia en su conjunto, pues no es posible refundar el Sistema de Inteligencia bajo la premisa de los numerosos abusos cometidos por los mismos, sin investigar cuáles fueron tales abusos ni quiénes son sus responsables.
Lamentamos que el Proyecto haya sido aprobado con las fallas señaladas, y que se haya desperdiciado una oportunidad histórica para que la Sociedad pueda discutir y participar en el debate de un tema de trascendencia institucional.